La reforma Judicial en el Senado ¿ De que se trata ?


La oposición política y mediática convoca a la violencia para evitar que se voten las leyes sobre reforma judicial, también en una típica actitud fascista, llaman a apretar a los legisladores para que cambien su voto. A estas acciones antidemocráticaslas llaman "respeto a las instituciones" y "defensa de la república"
En realidad, quienes responden a estas convocatorias, no tienen la menor idea de que trata este asunto de la reforma judicial, acá un breve resumen de los proyectos de Ley que tienen media sanción y serán tratados en la primera semana de mayo por la Cámara de Senadores:

La ley dispone que las Declaraciones Juradas Integrales en el ejercicio de la funciòn pùblica sean de caracter pùblico y de libre accesibilidad en internet. Hasta el momento, la diversidad de normas referidas a la etica pública, dificulta la posibilidad real y concreta de obtener informacion obrante en las declaraciones juradas.
Este proyecto, traslada el control social de estas declaraciones de los poderes del estado a los ciudadanos a traves de la consulta por internet, libre y gratuita. Y fundamentalmente incorpora la obligación de presentar declaraciones juradas a quienes se postulen a cargos electivos. 

En la actualidad el ingreso a los cargos del Poder Judicial se realiza de manera directa y discrecional, lo que perpetua los hábitos corporativos de ese Poder del estado. El objetivo del Proyecto es que  el sistema de justicia se nutra de hombres y mujeres pertenecientes a todos los sectores de la sociedad, garantizando el ingreso igualitario y democrático al Poder Judicial.
La ley regula especificamente la incorporación de cargos letrados, de empleados, de personal de maestranza y oficios por concurso que debera realizar el Consejo de la Magistratura, la Procuración General de la Nación o Defensoría General de la Nación, según corresponda.
En su Capitulo II, se regula el ingreso de personal de maestranza y oficios, estableciendo requisitos minimos, con examen de aptitud y disponiendo que los cargos seran cubiertos entre aquellos que aprueben el examen a traves de un sorteo de Loteria Nacional.
En su Capitulo III, se regula el ingreso de los cargos letrados, que requieren títulos especificos. Se establecen los requisitos, tipo de examen y calificacion de antecedentes. Una vez calificadas las evaluaciones y antecedentes, se establece un orden de merito y los nombramientos se realizaran siguiendo ese orden
La ley declara específicamente que su aplicación no debe afectar derechos adquiridos.

El proyecto enviado a Senado tendrà modificaciones en su art. 5, autorizando la designaciòn directa de algunos cargos letrados

"Artículo 5: Designación directa. Excepción. Excepcionalmente se podrá ingresar por designación directa en los cargos de relator de Cámara y secretario privado de primera instancia, pero tales agentes no podrán ser promovidos a planta permanente en forma definitiva.
Asimismo, el titular de la dependencia podrá designar en forma directa DOS (2) cargos letrados, en las mismas condiciones que lo establecido en el párrafo anterior."


Se dispone la Creación de un diario digital judicial, de actualización diaria, donde se publicaran las causas que tramitan y las acordadas, resoluciones y sentencias de la Corte Suprema y todos los tribunales inferiores. Ademas, se establece la publicidad con anticipacion de las reuniones y actividad de la Corte.

La oposición política y mediática se resiste a estos cambios. ¿ Cuales son sus argumentos ? 
Estos proyectos fueron tratados el miercoles pasado en Diputados. La UCR, Frente Peronista, Proyecto Sur, PRO, Socialista, Proyecto Sur,Frente Civico.Cordoba, Libres del Sur, Gen y Coaliciòn Civica votaron en contra de estos proyectos, que buscan mayor control ciudadano, publicidad y transparencia en el Poder Judicial.

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